La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa del orden de los $526.945.080.oo a Supertiendas y Droguerías Olímpica S. A. tras determinar que no aseguró la calidad de los bienes y servicios ofrecidos a sus clientes.
Según la SIC en este caso la empresa Supertiendas y Droguerías Olímpica S. A. incumplió normas establecidas para los comercializadores ya que se encontraron fallas en la calidad del servicio a sus clientes, tales como incumplimiento en las fechas de entregas de productos».
La SIC también estableció que Supertiendas y Droguerías Olímpica S. A. defraudó las expectativas de los consumidores debido a que se les indujo al error mediante mensajes publicitarios imprecisos.
- No entregar los bienes adquiridos por los consumidores dentro de los tiempos informados por la misma sociedad.
- No informar adecuadamente y con similar notoriedad al ofrecimiento del producto, la restricción según la cual el descuento ofrecido para la promoción “Aromatel suavizante floral X 900 $6.900” era aplicable únicamente para los clientes con suscripción a la tarjeta plata; igualmente no informar adecuadamente las condiciones de tiempo de la oferta “Leche Alpina deslactosada Cand 1.100 CM C/U $14.900 presentando Tarjeta Plata”, y señalar unas características diferentes y superiores para el producto realmente ofertado para la promoción “Celular Motorola – Moto G6 DS Plata-5, 7- 64 GB, antes $1.099.900 ahora $494.955”, configurando una falta de veracidad, claridad, suficiencia, oportunidad, precisión e idoneidad de la información.
- No cumplir con los términos y condiciones de la publicidad emitida con ocasión del sorteo “Sparkea tus puntos», pues aun cuando los consumidores cumplían con los requisitos anunciados para participar en el concurso, no se les permitió redimir los puntos, o no se les cargaron oportunamente las boletas electrónicas para tal fin.
- Inducir en error a los consumidores con la publicidad emitida con ocasión de la promoción “Leche UHT deslactosada X1.100 CM $14.900” al no informar de manera completa, suficiente y precisa las restricciones para acceder a la promoción, particularmente en lo relacionado con la tarjeta plata.
- No informar de manera completa, suficiente y precisa, las restricciones para acceder a la promoción, “Leche UHT deslactosada X1.100 CM $14.900” particularmente en lo relacionado con la tarjeta plata, inducir en error a los consumidores con la publicidad emitida con ocasión de la promoción.
La SIC informó mediante un comunicado que «La decisión se adoptó luego de adelantar el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio en el que se demostró que la investigada, en un amplio número de casos para el periodo analizado, incumplió con los tiempos de entrega previamente informados a los consumidores y respecto de los cuales resultaban expectantes, situación que constituye una falla en la calidad del servicio posventa y, en consecuencia, una vulneración a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1480».
«Igualmente, se encontró demostrado que para el periodo de tiempo analizado, la investigada no entregó vueltas exactas a los consumidores sino inferiores, aún cuando le atañe la obligación legal de dar la cifra superior más cercana a la que tenga disponibilidad, en aquellos casos en que no cuenta con las denominaciones necesarias para suministrar el cambio debido. A la par, se evidenció que en algunos casos facturó un valor distinto al que anunció para sus productos, vulnerando lo relacionado al régimen sobre información pública de precios» indica en otro de sus apartes el documento.